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Uruguay: el Senado debate castigar con hasta dos años de prisión la violación de la cuarentena

El país transita un fuerte incremento de los casos de coronavirus, que esta semana llegaron a más de 160.000 con casi 2.000 muertos.

El Senado de Uruguay avanza con una reforma al Código Penal para penar con hasta dos años de prisión a aquellas personas que incumplan las normas sanitarias y violen la cuarentena, informaron los medios uruguayos.
La medida es impulsada en momentos en que Uruguay vive una profunda crisis sanitaria, por el fuerte incremento de los casos de coronavirus, que esta semana llegaron a más de 160.000 con casi 2.000 muertos.
De aprobarse, algo que los medios uruguayos dan por hecho, el nuevo texto del Código Penal dirá: «El que mediante violación de disposiciones sanitarias pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión».
La iniciativa, aprobada en comisiones y que será debatida en el recinto el próximo martes, justifica además la pena máxima «cuando el hecho se suscitare declarada una emergencia sanitaria».
El legislador oficialista Mario Colman había presentado el proyecto para su aprobación en Diputados, pero hasta ahora el Gobierno no había avanzado con el texto legal.
Uno de los pioneros de esta iniciativa fue el procurador general de la nación, Jorge Díaz, quien en el inicio de la pandemia planteó la necesidad de modificar el delito de daño contra las medidas sanitarias, y transformarlo en «delito de peligro», para habilitar al Poder Judicial a imputar penalmente a todos aquellos que violen la cuarentena, en el marco de la emergencia sanitaria.
El Frente Amplio dijo que no va a acompañar la medida.
«No acompañamos la modificación al delito de violación de las disposiciones sanitarias ya que consideramos que para hacer esa modificación, se debe, desde el Estado, tratar las situaciones de vulnerabilidad social», explicó el senador del FA Charles Carrera en declaraciones a Télam y señaló que los diputados de su partido hicieron aportes pero no fueron tenidos en cuenta.
«Además -destacó-, es un delito difícil (de probar) persecución y prueba» y el artículo reformado «puede servir para criminalizar a ciertas personas que no tienen un sustento y tengan que salir a trabajar», alertó Carrera.

Fuente: Telam 

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