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NACIONALES: AFIP lanzó un nuevo comunicado recordando un beneficio para los monotributistas

A través de sus redes sociales la entidad emitió un nuevo recordatorio.

Producto de la pandemia de coronavirus, son múltiples las herramientas que otorgó el Estado para hacer amena la crisis durante la emergencia sanitaria. Además, el Gobierno desplegó ciertos instrumentos de asistencia y beneficios económicos para las personas afectadas por este contexto sanitario, como ser los monotributistas. En este sentido, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó sobre un beneficio para el sector.
Sucede que la entidad indicó que, desde su página web, estos contribuyentes pueden consultar sobre las deudas que tienen a favor. «Monotributistas pueden consultar si tienen deudas o saldo a favor. Para hacerlo deben ingresar en http://monotributo.afip.gob.ar con clave fiscal», señaló la AFIP a través de su cuenta de Twitter. Desde allí, indicó los pasos a seguir.
«Ingresá con tu clave fiscal en monotributo.afip.gob.ar. En ‘Estado de Cuenta’ vas a poder ver si tenés deudas. Allí podés seleccionar las obligaciones vencidas que quieras cancelar y elegir el medio de pago. El sistema te permite generar el Volante Electrónico de Pago. Para concretar el pago debés ingresar en tu banco y cancelar el VEP», detalló el organismo en el mismo tuit.
Semanas atrás, la AFIP abrió la inscripción para adherir a la ampliación de la moratoria 2020, destinada a empresas, comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro. El organismo recaudador estableció que los adherentes podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.
Asimismo, precisó que los contribuyentes tienen tiempo hasta el 31 de octubre próximo para registrarse a través de afip.gob.ar. La ampliación de la moratoria no solo extiende el universo de contribuyentes beneficiados sino que también contempla la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP generadas durante la pandemia del coronavirus. Para eso, permite la inclusión de obligaciones vencidas hasta el 31 de julio último.
Fuente: elintrasigente

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