Doble crimen de Quitilipi: perpetua para Tévez y absolvieron a Sosa y Luna
Comenzó esta mañana en la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña, la lectura de sentencia por el doble crimen de Quitilipi.
Se trata del hecho ocurrido en el 2018, cuyas víctimas fueron Magdalí Romero, de 22 años, y Fátima Florencio, de 18. Sus cuerpos fueron encontrados desnudos en un campo y ambas con signos de haber sido degolladas.
El tribunal, integrado por los jueces Mauricio Rouvier, Rodolfo Lineras y Horacio Oliva, condenó a prisión perpetua a Daniel Tévez por «homicidio criminis causa y femicidio en dos hechos», mientras que Hugo Sosa y Josué Luna, los otros dos imputados en el crimen, fueron absueltos.
Actuó como representante del ministerio público fiscal, María Rosa Osicka; como querellante en representación de los intereses de la familia de las víctimas, el defensor Oficial N°2, Matías Jachesky, mientras que como defensores intervienen los abogados Luis Sasso en representación de los imputados Hugo Sosa y Josué Luna mientras que el defensor oficial N°1 Ariel Juárez representa los intereses del tercer imputado Daniel Tevez.
De esta manera, concluyó el juicio que comenzó el 1 de julio, dando la razón a la fiscal María Rosa Osiska que había solicitado el cambio de la acusación a “homicidio criminis causa” en dos hechos; la fiscal entendió que se quiso tapar otro delito y también pidió que se agregue la figura de femicidio en dos hechos en concurso real, para lo cual pidió prisión perpetua solo para Tévez, y por lo que finalmente se lo condenó.
Con respecto a los otros imputados, no los acusó ya que señaló: “No se pudo sostener la autoría de Hugo Sosa y de Luna por faltas de pruebas”.
Cabe recordar que la defensa de Daniel Tevez, el Defensor Oficial, Ariel Juárez, había solicitado la absolución de su defendido, o en caso de no compartir este criterio, se lo acuse por “Doble Homicidio Simple” y no calificado.
Dentro de la sentencia, que contó con el acompañamiento de los jueces Lineras y Oliva, se menciona la «falta de credibilidad de los dichos del imputado Jorge Daniel Tévez» debido a que no pudo brindar explicación alguna sobre su ubicación el 4 de abril de 2018 -día del crimen-.
Es por esto que el tribunal consideró contundente la declaración de Micaela Soledad González, testigo que relató lo ocurrido aquel día.
«Ánimo de matar»
«Queda plenamente demostrado que el sujeto destruyó la vida de las víctimas mediante una acción violenta e idónea (degüello con arma blanca) para producir causalmente el luctuoso resultado, habiendo obrado subjetivamente con animus necandi (ánimo de matar) es decir, con conciencia y voluntad de realización de la muerte de ambas personas», afirmó la resolución del tribunal.
Además, también relatan el plan que habría cometido Tevez: «Antes de trasladar a las víctimas Romero y Florencio en su vehículo particular con fines de robo, ya había decidido que las mataría ‘para procurar su impunidad’, lo que me permite concluir que el acusado consiguió su cometido ya que se adueñó de algunas pertenencias de las víctimas como sus teléfonos celulares, conforme lo relata oportunamente M.S.G, y seguramente dinero que portaran. Desde allí entonces, el siguiente paso de Tévez fue eliminar a las personas que podrían delatar a futuro el delito contra la propiedad que había consumado».
El Crimen
El crimen de Magdalí Romero y Fátima Florencio conmocionó a Chaco y llegó a las planas nacionales tras el macabro hallazgo de los cuerpos de las jóvenes en un camino vecinal de Quitilipi en la zona rural.
El 4 de abril del 2018 fueron hallados en la zona rural de Quitilipi los cuerpos sin vida de las dos jóvenes. Según la autopsia las mismas fueron asesinadas cuatro días antes del hallazgo y ambas habrían sido degolladas.
Fuente: Diario Chaco