Provinciales

Chaco: Producción estableció nueva modalidad de pago para los trámites de marcas y señales

VOLANTE DE PAGO GENÉRICO

Dejarán de abonarse mediante el «Volante de Pago Genérico AT 3126», debido a que la ATP incorporó bajo la modalidad de autoliquidación, a todos los ítems del artículo 25 de la Ley Tarifaria.

El Ministerio de Producción, Industria y Empleo puso en marcha una nueva modalidad de pago de los trámites de Marcas y Señales en lo que hace a la ganadería en territorio provincial. Estas gestiones dejarán de abonarse mediante el denominado “Volante de Pago Genérico AT 3126”, debido a que la Administración Tributaria Provincial (ATP), mediante la resolución general 2112, incorporó bajo la modalidad de autoliquidación, a todos los ítems del artículo 25 de la Ley Tarifaria (de Tasas Retributivas de Servicios, del Registro de Marcas y Señales).

En consecuencia, para la generación de la declaración jurada de autoliquidación del impuesto de Sellos y Tasas, los contribuyentes deben ingresar a la página de ATP Chaco con Cuit y clave fiscal; y para el caso del Artículo 25 de la Ley Tarifaria, deberán seleccionar primero el artículo 25º y el inciso correspondiente; en tanto que en segundo término, la fecha y en tercer lugar la cantidad de fojas.

El sistema, teniendo en cuenta las unidades fiscales que correspondan al mismo, efectuará el cálculo y generará el volante de pago AT 3127, donde quedará reflejado el artículo, inciso e ítem correspondiente liquidado (artículo 25, apartado 6, inciso c, de transferencia de marca), así como los importes de tasa, fojas (2) y de carátula (este último por artículo 21, inciso b de la Ley Tarifaria) y el total a pagar.

En tanto que si el contribuyente no estuviera inscripto en ATP, podrá ingresar a la página del organismo provincial como “contribuyente transitorio”, obteniendo así una clave fiscal que lo habilitará a ingresar al Sistema de Gestión Tributaria y así generar su autoliquidación y el correspondiente volante de pago AT 3127.

Ese instrumento, con la constancia de haberse abonado el impuesto por medio de cualquiera de las modalidades de pago habilitadas por ATP, deberá ser solicitado al contribuyente y será la constancia de cumplimiento del pago de la tasa correspondiente.

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